Viernes 15 de Marzo de  2024
TÓMALO EN CUENTA

SAT: Este es el trámite que debes hacer antes del 1 de abril

Para evitar problemas con el SAT, los contribuyentes deben tomar en cuenta la siguiente información.

Hombre preocupado. Créditos: Freepik
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Una de las obligaciones de los ciudadanos que están registrados en un trabajo formal, es rendirle cuentas al Servicio de Administración Tributaria o mejor conocido como SAT, entre las obligaciones más conocidas se encuentra el pago de impuestos, sin embargo, también se deben cumplir otros requerimientos.

Ante este contexto, los contribuyentes mexicanos deben estar muy atentos, ya que durante el primer trimestre del año, específicamente antes del 31 de marzo, deben realizar un trámite muy importante, cabe señalar que este trámite es de índole obligatoria y de no presentarlo existe el riesgo de tener problemas con el SAT.

Para entender mejor la situación, es importante mencionar que el uso CFDI con complemento Carta Porte versión 2.0 vencerá definitivamente este año, por lo que se debe tomar en cuenta que es necesario comenzar a emitir facturas electrónicas utilizando la versión más reciente.

Hombre preocupado. Créditos Freepik.

SAT: Este es el trámite que debes hacer antes del 1 de abril

El Servicio de Administración Tributaria informó que el período de convivencia entre la versión 2.0 y la versión 3.0 sería hasta el 31 de diciembre de 2023, sin embargo, dio una pequeña prórroga para que los contribuyentes pudieran adaptarse a la nueva versión, por lo que la nueva fecha límite es el próximo 31 de marzo de 2024.

Ahora bien, es de suma importancia que los contribuyentes conozcan cuáles son las multas que el SAT estableció para quienes no utilicen la versión 3.0 del CFDI con complemento Carta Porte, ya que tendrán que pagar las siguientes sanciones económicas:

  • Por no emitir la Carta Porte 3.0 la sanción va desde los 400 pesos hasta los 600 pesos por cada CFDI sin complemento.
  • Por no mostrar la Carta Porte 3.0 la sanción va desde 760 pesos hasta los 14 mil 710 pesos.
  • Por reincidencias la sanción va desde los 880 pesos hasta los 112 mil 650 pesos.